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Transparencia


Cumplimiento a las Obligaciones en Materia de Transparencia

La Ley General de Transparencia y Acceso a la información Pública instituye como responsable en materia de transparencia y acceso a la información y protección de datos personales al Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, instancia de coordinación y deliberación, cuyo objetivo es la cooperación, colaboración, promoción, difusión y articulación permanente en dichas áreas. El Sistema Nacional de Transparencia se conforma a partir de la coordinación que se realiza entre las distintas instancias que, debido a sus ámbitos de competencia, contribuyen a la vigencia de la transparencia en todo el país.

En cumplimiento a las disposiciones federales y locales, el Poder Judicial del Estado de Puebla, como sujeto obligado y en atención a su compromiso de garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, reportó en el presente año la información relativa a cada una de las fracciones que, de acuerdo con la tabla de aplicabilidad, corresponde hacer pública conforme a lo establecido en los lineamientos emitidos por el Sistema Nacional de Transparencia.

Cabe señalar que, el 28 de diciembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo mediante el cual se modifican los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y se señala que los sujetos obligados deben difundir en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia.

Las capacitaciones fueron brindadas por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla, y se dirigieron al personal del Poder Judicial, en temas como las mejoras al Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia (sipot), elaboración de versiones públicas, clasificación y desclasificación de información, protección de datos personales, lineamientos generales de la Ley de Datos Personales en posesión de sujetos obligados del Estado de Puebla y transparencia proactiva.

Asimismo, a fin de evaluar el nivel de cumplimiento en la publicación de la información en la Plataforma Nacional de Transparencia, el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla emitió las observaciones correspondientes que fueron atendidas en tiempo y forma por el Poder Judicial del Estado. Con lo anterior, en el periodo que se informa, se logró el cumplimiento de 100 % de dichas observaciones.

Fuente: Unidad de Transparencia

Rendición de cuentas

Solicitudes de Acceso a la Información

La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública es reglamentaria del artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad u organismo que ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad.

El Poder Judicial está catalogado como un sujeto obligado a transparentar y permitir el acceso a la información y proteger los datos personales que obren en su poder. Por lo cual, a través de la Unidad de Transparencia, atiende, recibe y da trámite a las solicitudes de acceso a la información de conformidad con los principios de certeza, eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo y transparencia, entre otros.

Cabe señalar que la atención a estas solicitudes es una parte importante para concretar la política de transparencia y rendición de cuentas que tiene el Poder Judicial.

Fuente: Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Protección de Datos Personales

Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación u Oposición de Datos Personales

El artículo 16, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación u Oposición (arco) como un derecho humano fundamental, el cual garantiza que toda persona tenga derecho a la protección de sus datos personales.

Cabe señalar que el Poder Judicial tiene el firme compromiso de garantizar que las personas ejerzan sus derechos arco.

Fuente: Unidad de Transparencia.


Área responsable:

  • Lic. José Jerónimo Pereda Schaldach
  • Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Puebla
  • Dirección. Prolongación de la Avenida 11 sur No. 11921
  • Colonia. ExHacienda Castillotla
  • Teléfono. (222)213-73-70 extensión 6214
  • Recuerde que el horario de atención es de 9:00 a 15:00 hrs.



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